Certificado de

Nacimiento o Bautismo

Obtener Certificado de Nacimiento o Bautismo.

El Certificado de Nacimiento o Bautismo es un documento de gran importancia en la mayoría de los trámites sobre nacionalidad española. Desde aquí podemos gestionarle su obtención.

Para las personas nacidas antes del año 1870 solo se requiere el acta de Bautismo.

Para las personas nacidas después del año 1870, se requiere su inscripción en el Registro Civil. Si no existe esa inscripción, entonces se debe gestionar un Certificado Negativo del Registro Civil y un acta de Bautismo.

De los datos que se piden, tenga en cuenta los siguientes aspectos:

  • De la fecha de nacimiento es necesario tener al menos el año en que nació o un rango muy pequeño de años entre los cuales debe haber nacido.
  • Del lugar de nacimiento lo ideal, además de la ciudad, sería también el pueblo, no solo la provincia o Comunidad dentro de España.

Estos datos pueden buscarse en las inscripciones de matrimonio en Cuba, inscripciones de nacimiento de los hijos, certificado de entrada a Cuba en Archivos históricos, o en los registros como extranjeros en el Registro Civil donde residió en Cuba. Por otro lado, la MEMORIA de la familia también puede ser de gran ayuda.

Notas

Por favor, tenga en cuenta lo siguiente:

  • Es imprescindible que el cliente se encuentre registrado en nuestro Sistema de Trámites. Sin estar registrado, no podremos gestionar su trámite. Siga este enlace para hacerlo: Ficha del Cliente.
  • Procure ser lo más exacto posible al brindar la información que se pide. Mientas más inexactos sean los datos, menos probabilidades existirán de hallar lo buscado.
  • Después que el cliente disponga de la información necesaria, llena y envía el formulario al final de esta página. Seguidamente nosotros trasmitimos la solicitud a España para conocer la viabilidad del asunto y la valoración del costo, el cual se le comunica al cliente y éste decide si continuar o no con el proceso. Si decide continuar con el proceso debe abonar la cantidad comunicada. Después que recibamos del Banco el comprobante de pago, continuaremos con la gestion contratada.
  • En ocasiones los colaboradores españoles exigen un adelanto no reembolsable por gestiones, que es independiente del resultado final.
  • Cuando tengamos la fecha de su Cita en el Consulado, se lo haremos saber.
  • El resto de los pagos se acuerdan privadamente con el cliente. Por favor, espere una llamada.

Por favor, utilice este enlace para contactar con nosotros:

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