Visado de residencia de familiar español
Este visado es para los familiares de un ciudadano español que pretenden estar más de 90 días de estancia en España; por tanto, adquieren la categoría de residentes. Las personas que tienen este derecho son: cónyuges mayores de 18 años, parejas, hijos menores de 26 años o mayores a cargo; progenitores; y tutores de un menor con nacionalidad española, siempre que este menor esté a su cargo, conviva con ellos y la tutela esté legalmente reconocida. Otros casos, consultar.
Dependiendo de si el ciudadano español se encuentra en Cuba o en España, el proceso tiene dos procedimientos diferentes, para los cuales definimos de forma general la tramitación a seguir:
A) Si el familiar español está en España: En este caso sugerimos como primer paso que el familiar español se dirija a la Oficina de Extranjería más cercana y consulte qué documentos están exigiendo para iniciar el trámite del visado de su familiar en Cuba. Si lo desean, podemos ofrecer el servicio de contactar con dicha oficina (indicándonos el municipio y la provincia en España) para obtener esa información y comunicarle al ciudadano español todos los documentos y pasos que debe iniciar en España.
B) Si el familiar español está en Cuba con su familiar: En este caso, las tres fases del proceso son las que se indican a continuación.
Fases del proceso de solicitud y obtención del visado
Fase 1: Solicitud de credenciales para la cita
Se exige tener listos todos los documentos señalados más abajo en la fase 3 (preparación del expediente) para poder hacer esta solicitud. En el caso de que el ciudadano español y el solicitante se encuentren en Cuba, se puede iniciar la gestión de la cita con los documentos legalizados únicamente en el Ministerio de Justicia (MJUSTICIA) para obtener las credenciales y continuar posteriormente con el proceso de legalización de dichos documentos en el consulado.
Además de los documentos señalados, también debemos tener una foto del solicitante con su pasaporte, por lo cual deben solicitarnos una cita en nuestra oficina para la revisión de documentos y la toma de la foto. Las personas que se encuentren a distancia también pueden coordinar con nosotros el proceso por vía internet, WhatsApp y correo electrónico.
Fase 2: Gestión de la cita
Una vez obtenidas las credenciales, reservamos la cita previa coordinación con el interesado.
Fase 3: Preparación del expediente de solicitud para asistir a la cita
Documentos necesarios que debe aportar el solicitante. También pueden solicitar el servicio de obtención y legalización de certificaciones en caso de tener dificultades:
- Pasaporte válido.
- Copia de las 32 páginas del pasaporte del solicitante.
- Copia de todas las páginas del pasaporte del ciudadano español.
- Autorización de residencia emitida por la Oficina de Extranjería en España. (Si el ciudadano español no se encuentra en España, el consulado la solicita después de la cita y, cuando llegue la respuesta, emite o no el visado).
- Certificado de antecedentes penales, legalizado en el Ministerio de Justicia (MJUSTICIA) y posteriormente en el consulado.
- Certificado médico que demuestre que no padece ninguna enfermedad contagiosa, legalizado en el Ministerio de Justicia y en el consulado.
- Certificado de matrimonio o de nacimiento, según corresponda por la relación con el ciudadano español, legalizado en el Ministerio de Justicia y en el consulado.
Otros datos necesarios para conformar la solicitud:
- Dirección en España donde va a residir (si no conoce los detalles, al menos municipio y provincia).
- Teléfono de la persona de contacto o del lugar de alojamiento.
- Correo electrónico de contacto en España y del solicitante.
- Fecha prevista del viaje.